Multa por clausura de negocio: ¿por qué motivos se aplica y cómo actuar?

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La clausura de negocio es una sanción impuesta por las autoridades ante el incumplimiento de la ley. La multa dependerá del tipo de infracción que se haya cometido.

Si está por emprender o es dueño de una empresa que tiene algún tiempo en operación, es posible que se pregunte cuál es la multa por clausura de negocio, cuáles son sus implicaciones más allá de cubrir el pago y cuánto dura la sanción. En este artículo, daremos respuesta a estas y otras preguntas, siendo enfáticos en que, como en muchas otras situaciones, la solución más efectiva es evitar caer en incumplimientos.

¿Qué es una orden de clausura?

En la definición de Profeco, la clausura de un negocio es descrita como: “Una sanción que establece la Ley Federal de Protección al Consumidor y tiene por objeto prevenir y corregir casos particularmente graves de afectación de derechos e intereses de un grupo de consumidores, con el fin de evitar y combatir prácticas comerciales nocivas a los derechos de estos.”

La clausura es una medida administrativa que indica una sanción por el incumplimiento de las disposiciones legales aplicables y que tiene como finalidad suspender total o parcialmente, de manera temporal o permanente, la actividad de un establecimiento mercantil. El levantamiento de esta medida está condicionado a la corrección de las irregularidades detectadas.

Motivos para clausurar un negocio

El capítulo IX de la Ley de Establecimientos Mercantiles establece el marco normativo para la aplicación de sanciones administrativas a los establecimientos mercantiles en la Ciudad de México. En este capítulo se detallan las conductas que pueden dar lugar a la imposición de la sanción de clausura, diferenciándola de otras medidas como las multas económicas. Entre las causas por las que se podría sancionar a un negocio, destacan las siguientes:

  • Comercialización irregular: cuando se detecte la venta o distribución de bebidas alcohólicas sin cumplir con las regulaciones establecidas.
  • Cambio de giro sin autorización: al utilizar el local para actividades comerciales distintas a las declaradas ante las autoridades.
  • Deficiencias en la prestación del servicio: en casos de negligencia o incumplimiento en la prestación del servicio, a excepción de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
  • Obstrucción a las inspecciones: consiste en negar el acceso al personal autorizado para realizar las verificaciones correspondientes.
  • Incumplimiento de los horarios establecidos: ocurre cuando se exceden los horarios de servicio y se permite la estancia de clientes fuera del horario establecido.
  • Condiciones de aglomeración: es cuando se obstruyen las entradas principales y salidas de emergencia del inmueble.
  • Incumplimiento de las normas de Protección Civil: se da al infringir las normas de Protección Civil vigentes.

¿Cuándo procede la clausura de un negocio?

Conforme al artículo 123 de la Ley, las sanciones impuestas por las unidades administrativas de la Subprocuraduría de Servicios son el resultado de un riguroso procedimiento administrativo, conocido como Procedimiento por Infracciones a la Ley (PIL).

La resolución que pone fin al Procedimiento por Infracciones a la Ley (PIL) puede incluir la sanción de clausura. Dada la gravedad de esta medida, su imposición debe ser cuidadosamente evaluada por el servidor público competente, basándose en los criterios establecidos en la Guía para Sustanciar el PIL. Cabe destacar que, además de la clausura, también es posible la imposición de una multa.

¿Qué documentos debe presentar el inspector para proceder a la clausura de un establecimiento?

Para llevar a cabo la ejecución de una clausura, es indispensable contar con la siguiente documentación:

  • Resolución sancionatoria: es el documento oficial que contiene la decisión de clausurar, firmado por las autoridades competentes.
  • Formato de cédula de notificación: es el modelo preestablecido para notificar formalmente sobre la resolución y la fecha de ejecución de la clausura.
  • Oficio de comisión: es el documento que designa al personal encargado de ejecutar la clausura y detalla las acciones a realizar.
  • Solicitud de apoyo a autoridad competente: es un oficio dirigido a la Secretaría de Seguridad Pública para solicitar el acompañamiento de elementos de la fuerza pública durante la ejecución de la clausura en caso de ser necesario.
  • Sellos de clausura: son los elementos físicos que serán colocados en el establecimiento para evidenciar la ejecución de la medida.
  • Actas de clausura numeradas correlativamente: que detallen las acciones realizadas durante la ejecución de la medida.
  • Credenciales oficiales: estas deberán acreditar la identidad del personal encargado de ejecutar o notificar la clausura.

¿Qué hacer si clausuran mi negocio?

Ante una clausura, es imperativo responder de manera oportuna y adecuada a la notificación, cumpliendo con los plazos establecidos en el procedimiento administrativo. En caso de considerar que la clausura es injustificada, se podrán interponer los recursos legales correspondientes, como el juicio de nulidad o de amparo.

Para ello, debe contar con asesoría legal para asegurarse de que el proceso se lleve a cabo conforme a lo establecido. Con este propósito, un abogado le brindará asesoría considerando estas necesidades:

  1. Análisis documental: en primer lugar, se requiere un examen minucioso de la documentación relacionada con el procedimiento y el establecimiento mercantil para diseñar una estrategia legal efectiva.
  2. Estrategia jurídica: tu abogado diseñará una estrategia sólida para enfrentar el procedimiento administrativo y garantizar la protección de tus intereses.
  3. Impugnación de la medida de clausura: en algunos casos, es posible impugnar la medida de clausura impuesta. Con este propósito, se agotarían todas las vías legales al alcance.

¿Cuánto tiempo dura la clausura de un negocio?

La duración del periodo de clausura está sujeta a múltiples variables, pero en la mayoría de los casos, se establece un periodo de entre 10 y 15 días hábiles para presentar las alegaciones y dar seguimiento al procedimiento de retiro de los sellos.

Si la clausura es consecuencia de un procedimiento administrativo en curso, su levantamiento puede ser expedito una vez corregidas las irregularidades. Sin embargo, si el procedimiento ha concluido, el plazo para el retiro de los sellos estará condicionado al tipo de recurso legal promovido, ya sea administrativo, un juicio de nulidad o de amparo.

¿De cuánto es la multa por clausura de negocio?

La multa asociada a la clausura de un negocio en México es variable y depende de factores como la gravedad de la infracción, la entidad federativa en la que se ubica el negocio y, en algunos casos, el tamaño de la empresa.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 64, 65 y 66 de la Ley de Establecimientos Mercantiles, las infracciones se sancionarán con multas que van desde las 25 hasta las 2,500 Unidades de Cuenta, o bien, con la clausura del establecimiento.

¿Qué pasa si retiro los sellos de clausura?

Las autoridades competentes tienen la facultad de imponer sanciones administrativas graduales, que pueden ir desde la suspensión parcial de actividades hasta la clausura definitiva del establecimiento, en función de la naturaleza y gravedad de la infracción cometida.

El quebrantamiento de sellos de clausura acarrea las siguientes sanciones: de 2 a 8 años de prisión en la capital del país, mientras que, en el Estado de México, las sanciones pueden ir de 1 a 7 años de prisión o de 2 a 10 años, si la infracción está relacionada con la venta ilegal de alcohol.

Con relación a esto, en 2024 se propuso endurecer las sanciones para quienes violen los sellos de clausura en la capital del país.

La iniciativa, presentada ante el Congreso de la Ciudad de México propone una modificación al artículo 286 del Código Penal, que podría establecer sanciones penales para los propietarios, representantes o responsables de establecimientos mercantiles o construcciones que, a pesar de contar con sellos de clausura, permitan, realicen o promuevan cualquier tipo de actividad en dichos inmuebles.

Si recibió una orden de clausura, es importante que cuente con asesoría legal desde el momento en el que se le notifique sobre la sanción. En BK Protege, podemos brindarle un acompañamiento especializado en cada etapa del proceso para el levantamiento de sellos de clausura.

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MTRO. MISAEL GARCÍA CARMONA
Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Tlaxcala y Maestro en Derecho Fiscal y Administrativo por la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados, se ha desempeñado en el campo del Derecho Fiscal por más de 10 años. Fungió como autoridad administrativa en el Servicio de Administración Tributaria durante 3 años y como autoridad judicial en el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla durante 2 años. Además, ha sido catedrático a nivel superior y medio superior en diversas instituciones privadas del país.